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TIPOS DE CUENTA Por  otro lado, hay  que ser prudentes a la hora de mantener dos cuentas abiertas en el mismo banco, no vaya a ser que se carguen los gastos siempre a la misma cuenta causando quizás un descubierto. El resultado sería que, siendo positivo el saldo de ambas cuentas, el cliente sería deudor del descubierto en una de sus cuentas. Si se produce este descuido del banco por la rutina de un trabajo mal planteado, debe acudirse a la entidad y hacer notar la actuación que siguen para corregirla. Lo que es obvio es que no se deben pagar intereses por descubierto sin necesidad.

TIPOS DE CUENTAS CORRIENTES:
Existen tres tipos de cuentas corrientes:
  • Individual
  • Indistinta
  • Conjunta


Algunas entidades llaman conjuntas a las cuentas indistintas y a las cuentas conjuntas, mancomunadas.
En la cuenta individual sólo hay un titular. En las cuentas indistintas (ya hemos dicho que algunos las llaman conjuntas) hay dos o más titulares y cualquiera de ellos, de forma independiente y con una sóla de las firmas pueden dar órdenes a su cargo y disponer del saldo. En la cuenta conjunta también hay dos o más titulares, pero los adeudos  y abonos deben ir ordenados por todos los titulares o por quienes se estipulara al abrir la cuenta. En consecuencia y lógicamente, el banco debe poseer todas las firmas hábiles que intervengan en cuentas conjuntas
Ya hemos dicho que, en caso de cuentas indistintas, cualquiera
 de los titulares con su firma pude efectuar órdenes, sean éstas de ingreso o retirada de fondos; comprar, vender, tanto públicos como privados; así como firmar solicitudes de cuenta, recibos, endosos, cheques, letras y cuantos documentos se precise.
Si falleciese alguno de los titulares de las cuentas indistintas o de las conjuntas, éstos serán responsables si no avisan al banco a su debido tiempo, ya que estas cuentas están sujetas al impuesto por sucesiones.
En cualquier tipo de cuentas, el titular o titulares pueden autorizar a otras personas el uso de la misma por medio de un poder notarial o documento bastante que se archivará en el banco, indicando qué tipo de operaciones permite realizar al autorizado.
Ya hemos dicho que las cuentas corrientes también pueden abrirse  por personas jurídicas;  dentro de éstas, hay que diferenciar entre los nombres comerciales (distinto al civil y usado frecuentemente por comerciantes) y las razones sociales. A todos los efectos, quedando clara  la identidad de la persona  o personas con firma autorizada,  las  funciones son iguales a las de las cuentas abiertas por personas físicas.

Talonarios
Como hemos dicho, las características, más típicas de una cuenta corriente son el uso de los servicios de caja  del banco. Con los talones (también denominados cheques), el cuentacorrentista dispone de su saldo. En caso de pérdida o robo del talonario o de alguno de sus talones, debe avisarse cuanto antes al banco, a ser por escrito. Con este proceder se evita la fatal consecuencia de que el banco pague a quien la presente un cheque  o  sucesivos cheques del  talonario perdido  o  extraviado: en el caso de que no exista aviso de pérdida, el banco no será responsable.

 En caso de realizar un pago por medio de cheque con el que luego no se estuviera de  acuerdo motivo, debe el cliente asimismo  hacer notar al banco disconformidad lo más rápidamente  posible y ordenar  el impago  de  dicho cheque. Por ejemplo,  si se pagó con talón  un servicio que  luego resultó ser posible donde se tenga la cuenta, y ordenar  la anulación del talón. Por ese  motivo conviene  conviene   apuntar el número del talón y la cantidad y concepto  correspondientes en el espacio que  los talonarios  reservan este fin; así se facilitarán  al banco sin ninguna duda estos datos, lo que acelera  la anulación. No debe uno, en estas situaciones, fiarlo todo a una mera llamada telefónica.
Hay que recordar hasta la saciedad que el cliente no puede ordenar  pagos  si no tiene en su cuenta suficiente provisión de fondos, so  riesgo de crear  un descubierto o que  el banco no atienda su orden.

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