TIPOS
DE CUENTAS CORRIENTES:
Existen
tres tipos de cuentas corrientes:
- Individual
- Indistinta
- Conjunta
Algunas entidades llaman conjuntas a las cuentas indistintas y
a las cuentas conjuntas, mancomunadas.
En la cuenta individual sólo hay un titular. En las cuentas
indistintas (ya hemos dicho que algunos las llaman conjuntas) hay dos o más
titulares y cualquiera de ellos, de forma independiente y con una sóla de las
firmas pueden dar órdenes a su cargo y disponer del saldo. En la cuenta
conjunta también hay dos o más titulares, pero los adeudos y abonos deben ir ordenados por todos los
titulares o por quienes se estipulara al abrir la cuenta. En consecuencia y
lógicamente, el banco debe poseer todas las firmas hábiles que intervengan en
cuentas conjuntas
Ya hemos dicho que, en caso de cuentas indistintas, cualquiera
de los titulares con su
firma pude efectuar órdenes, sean éstas de ingreso o retirada de fondos;
comprar, vender, tanto públicos como privados; así como firmar solicitudes de
cuenta, recibos, endosos, cheques, letras y cuantos documentos se precise.
Si falleciese alguno de los titulares de las cuentas
indistintas o de las conjuntas, éstos serán responsables si no avisan al banco
a su debido tiempo, ya que estas cuentas están sujetas al impuesto por
sucesiones.
En cualquier tipo de cuentas, el titular o titulares pueden
autorizar a otras personas el uso de la misma por medio de un poder notarial o
documento bastante que se archivará en el banco, indicando qué tipo de
operaciones permite realizar al autorizado.
Ya hemos dicho que las cuentas corrientes también pueden
abrirse por personas jurídicas; dentro de éstas, hay que diferenciar entre
los nombres comerciales (distinto al civil y usado frecuentemente por
comerciantes) y las razones sociales. A todos los efectos, quedando clara la identidad de la persona o personas con firma autorizada, las
funciones son iguales a las de las cuentas abiertas por personas
físicas.
Talonarios
Como hemos dicho, las características, más típicas de una
cuenta corriente son el uso de los servicios de caja del banco. Con los talones (también
denominados cheques), el cuentacorrentista dispone de su saldo. En caso de
pérdida o robo del talonario o de alguno de sus talones, debe avisarse cuanto
antes al banco, a ser por escrito. Con este proceder se evita la fatal
consecuencia de que el banco pague a quien la presente un cheque o sucesivos cheques del talonario perdido o
extraviado: en el caso de que no exista aviso de pérdida, el banco no
será responsable.
En caso de realizar un
pago por medio de cheque con el que luego no se estuviera de acuerdo motivo, debe el cliente asimismo hacer notar al banco disconformidad lo más
rápidamente posible y ordenar el impago
de dicho cheque. Por
ejemplo, si se pagó con talón un servicio que luego resultó ser posible donde se tenga la
cuenta, y ordenar la anulación del
talón. Por ese motivo conviene conviene
apuntar el número del talón y la cantidad y concepto correspondientes en el espacio que los talonarios reservan este fin; así se facilitarán al banco sin ninguna duda estos datos, lo que
acelera la anulación. No debe uno, en
estas situaciones, fiarlo todo a una mera llamada telefónica.
Hay que recordar hasta la saciedad que el cliente no puede
ordenar pagos si no tiene en su cuenta suficiente provisión
de fondos, so riesgo de crear un descubierto o que el banco no atienda su orden.



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