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¿CREEN USTEDES QUE LOS EMPLEADOS DE LOS BANCOS ANTE POSIBLES ACTOS DELICTIVOS CONTRA USTED NO ESTÁN PROTEGIDOS USTEDES?
El 6 noviembre 1999 más o menos los Magistrados de la Sala Primera de la Civil de Tribunal Supremo emitieron una Sentencia  que se refrían a los artículos1092 y 1093 del Código Civil y el artículo 112 Ley de la Enjuiciamiento Criminal, que resumidamente PROTEGE A LOS CLIENTES DE LOS posibles actos delictivos de los empleados de los bancos.
Un Director de Banco (una sucursal) ocurrió en connivencia con  otras personas para conceder un préstamo irregularmente.
Por ejemplo:
Una sentencia pone de relieve que el Director de una oficina vendió el producto sin saber en qué consistía. Por todo lo mencionado, la sentencia declara nulo el contrato de permuta financiera y acuerda "la devolución de las cantidades abonadas por ambas partes con motivo del contrato".
El sábado, 9 de mayo de 1998 se publica en Sucesos que el Juez investiga en una sucursal bancaria de Alicante una estafa que afecta a pensionistas.
El fiscal pide provisionalmente  8 años de cárcel para el ex  director de un banco de Gandia  acusado de apropiarse de más de  260.000.000 de pesetas. El acusador público sostiene en su escrito de conclusiones previas al juicio que el imputado creó un “banco paralelo” con ingresos de sus mejores clientes. Por otra parte, el Banco de Santander ha detectado un supuesto fraude que podría alcanzar cifras multimillonarias en una de sus sucursales de Alicante. La mayoría de afectados son pensionistas.

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ÍNDICES DE REFERENCIA ¿QUÉ SON?
Aquí los más utilizados.
Índice de referencia publicado por la Asociación Hipotecaria Española (AHE) trimestralmente, conforme a la resolución de 20 de junio de 1986 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera (DGT y PF). Es la media simple, minorada   en un punto porcentual, de los tipos de interés más practicados en los créditos  hipotecarios concedidos por las empresas de  la AHE durante el último mes de cada trimestre natural. Los tipos de interés expresados son nominales .RECOMENDABLE.

Índice MIBOR.
El Madrid interés: Banking Offered  Rate (MIBOR) es el tipo que ha de satisfacer la entidad acreditante para obtener en el mercado interbancario un deposito por importe igual al del crédito dispuesto (o la disposición considerada) y por un plazo similar al del periodo de intereses de que se trate. El MIBOR a un año como tipo de referencia se considera como objetivo en cuanto a criterios independientes de la operación y la entidad crediticia. MUY RECOMENDABLE.

Índice de la CECA.
El tipo publicado por la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) es
 la suma de la media aritmética de los  préstamos personales formalizados mensualmente por un plazo de 1 año a menos de 3 años, y de la media aritmética de  los préstamos con garantía hipotecaria para adquisición de vivienda libre  formalizados mensualmente  por un  plazo de 3 años o más  por las cajas de ahorros. Es un tipo de referencia que no es recomendado por AUSBANC, en la medida en que lo consideramos contrario a la Ley de Defensa de la Competencia, y así lo hemos denunciado, por la utilización de forma uniforme por las cajas de ahorros de un mismo tipo de referencia en las operaciones de Préstamo Hipotecario que suscriben. NO RECOMENDABLE.

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LIMITACIÓN POR LEY DE CRÉDTO AL CONSUMO  A LOS INTERESE EN LOS DESCUBIERTOS EN CUENTA.
 El artículo 19.4 de la Ley de Crédito al Consumo dice: “En ningún caso se pondrán aplicar a los créditos que concedan, en forma de descubiertos cuentas corrientes  a los que se refiere este artículo de  un tipo de interés que dé lugar una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero”. La Ley pretende a proteger a los consumidores por lo que se tiene que aplicar un TAE que no supere las limitaciones establecidas.

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¿CÓMO CAMBIAR DE BANCO? 

NUNCA RAPIDAMENTE: POCO A POCO.

1.        PASO:

Abra la  nueva cuenta, confirme que esta operativa.
Domicilie allí los ingresos  que reciba. Si es la  nómina vaya a su empresa y diga el número de su cuenta nueva. Si es pensión el banco normalmente se ocupa de hacer el trámite, pero antes tiene que firmar un documento al banco para que lo pueda hacer.
Recuerde una vez más: La entidad no puede hacer nada si usted no lo ordena o la ha negociado antes ya documentalmente con la entidad. Quédese usted siempre fotocopia.
2.      PASO:
Cambia  todas las domiciliaciones de recibos de su antigua cuenta; no se olvide, de los seguros, de los impuestos. Para su comodidad es mejor que entregue al Banco el último recibo y el se encargará de ello.
3.      PASO:
Compruebe   que los recibos se cargan correctamente.
4.      PASO:
Cancela su antigua tarjeta de débito, acudiendo a entregársela a su sucursal. Recuerde, de nuevo, tener un documento firmado por el banco al realizar esta gestión.
5.      PASO:
Tenga claro que no tiene ningún pago  pendiente o ingreso.

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¿QUÉ OCURRE SI NO PUEDE PAGAR LA HIPOTECA?
Hay una débil esperanza pero podría negociar la deuda. Consulte con su Banco o Caja.
Si, su banco está adherido al Código de Buenas Prácticas promovido por el Gobierno tal vez pueda. Hay unos condicionados muy restrictivos pero si ello fuere la entidad se obliga a ofrecerle un plan de pagos que incluye un periodo de carencia de hasta 4 años, una ampliación de plazos de devolución máximo de 40 años y una rebaja de interés que llegue hasta el Euribor ± el 0´25%.
Si a pesar de todo la cuenta supera el 50% de la renta familiar y no alcanza a pagarla puede solicitar una “quita”, es decir el perdón de una parte del capital pendiente.
Si la entidad rechaza la “quita” o pasado un año ninguno de las medidas le permite afrontar los pagos, puede solicitar la entrega de la vivienda a cambio de la cancelación de la deuda, lo que se llama DACIÓN EN PAGO.
No obstante puede permanecer en ella como inquilino durante dos años pagando una renta anual igual al 3% de la deuda condonada.
OJO: No hay ningún alivio para quienes fueron embargados antes del 1 de Enero del 2012 ó perdieron su vivienda después de una Ejecución Hipotecaria.

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¿LE VAN A EJECUTAR ALGUNA HIPOTECA O CRÉDITO A USTED LECTOR/A?
·        Ante un Notario como Procedimiento  extrajudicial de Ejecución Hipotecaria.
·        O ante un Notario como Venta extrajudicial.
Si es así: Le diría lo que tiene que hacer usted mismo.
Mejor contacte con E-mail augusto_gadea@yahoo.es
O móvil 655 105 700. Gracias.

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TENGO UNA IMPOSICIÓN A PLAZO FIJO.
Por problemas personales necesito el dinero y pedí al banco su cancelación. Pague la penalización contratada, pero el Director de la sucursal me dijo “Que tengo  que esperar al vencimiento”…
¿Debe ser así?
No debe ser así. El director se ha extralimitado en sus funciones.
Reclame a su entidad para que se cancele  la imposición a plazo fijo contratada.
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COMPARACIÓN ESTAR FICHADO EN ASNEF CON EL CÓDIGO PENAL.
 Se lo presento como triste anécdota vergonzosa.
En los ficheros de Asnef  se permanece hasta 6 años a partir de la cancelación de la deuda.
La de presión mayor y la de confinamiento, de 6 años y 1 día, a 12 años.
La inhabilitación absoluta o especial de de 6 años y 1 día, a 12 años.
La de presión menor y las de destierro de de 6 años y 1 día, a 6 años.
La de suspensión, de un mes y un día  a 6 años. Etc.etc.
La de canción, el tiempo que determinen los tribunales sin que puedan exceder de 6 años.
En fin olvídese de compra a crédito para su casa una lavadora, un televisor, un frigorífico etc.
Tampoco comprará a crédito (puede que el empresario vendedor se lo alquile) un carrito de ruedas para que su hijo/a que ha sufrido un accidente o tiene alguna invalidez y deba utilizar.
¿Comprar un cochecito, una moto, el desplazamiento familiar al trabajo, etc. ¡Olvídese!  
Es verdad que no somos prisioneros en la cárcel, pero es una exclusión social, rechazado, excomulgado socialmente  inclusive habiendo pagado. Pero le recuerdo si le pasa lo último indicado. Tendrá suerte. Puede ganar mucho dinero. Así ha sucedido y sucederá muchas veces.

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¿QUIERE ANULAR UNA CUENTA?
Hágalo cuanto antes, pero ojo a las observaciones siguientes:
Prepárese   a sufrir la odisea o aventura siguiente:
  1. La entidad le exigirá antes de liquidar la cuenta el PAGO DE LA COMISIÓN de mantenimiento anual (una de las más alta es Banesto más menos 48´89e al año. O el SCH  44´48€  y se paga la parte proporcional al mes en el curso). Algunos clientes no les compensa cancelar pero, en lugar la ponen a cero la cuenta.
PERO OJO.
  1. La entidad normalmente seguirá cargando la comisión año tras año, aunque la cuenta no tenga saldo y se considere abandonada. Así puede estar hasta ¡20 años!
Pero si el cliente tiene algún Depósito se lo cargarán a ese depósito.
No obstante recuerde que la entidad puede reclamarle o requerirle  el pago, inclusive también puede ponerle en Asnef ó Bureau Experian y así puede estar  6 años metido ahí con las consecuencias de que al Solicitar un crédito en otra entidad lo desestime.
  Pero puede haber un problema añadido si la cuenta firma otra persona  esto es mancomunada, sea su hijo/a , esposo/a, amigo/a, socio/a etc… esa persona NO PODRA sacar dinero ya que la entidad se la negara hasta que no presente el pago del Impuesto de Sucesiones y¡Ojo! Si tiene parte en la herencia.
No obstante esa persona mancomunada, tiene derecho a 50% del capital en virtud de régimen ganancial o comunidad de bienes. Defienda  esta postura aunque el banco le diga que no, usted debe esperar eso. En ese caso lleve el asunto al Juzgado.
¿ESTA CLARO? PERO,   no se preocupe, porque normalmente la cancelación es inmediata.
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¿SABE CUÁL ES LA FUNCIÓN DEL NOTARIO?
NO ES SOLO  el lector de unos documentos.
La MISIÓN del Notario es la de asesorar  al consumidor o usuario. Debe mantener una postura preactiva. No ser un mero testigo.
Los Bancos o Cajas siempre le llevarán  a su  notario “PERO RECUERDE QUE TODO CIUDADANO TIENE DERECHO A LA LIBRE ELECCIÓN DE NOTARIO” además ya lo dice el artículo 125 del Reglamento Notarial. Además “el buen trabajo y la intervención notarial pueden evitar muchos fraudes a los
Consumidores”.

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¿Esta usted en Asnef?

Veamos una parte buena:
El Tribunal Supremo ha condenado a un banco a indemnizar con 12.000 euros a una valenciana por incluir sus datos personales en un registro de morosos ya  que “la morosidad de una persona incide  negativamente en su dignidad personal”  La denunciante demostró que una persona suplantó su identidad y contrayendo  una deuda de 1.427 euros a su nombre. (Ver LEVANTE 1 –mayo-2012).
Y recuerde esto siempre.  El tema ASNEF ya no es cuestión de dinero solamente  sino de Reputación  porque quien roba mí bolso, roba basura pero quien me arrebata mi buen nombre roba lo que no le hace rico pero a mi me hace pobre.

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PACIENTE LECTOR 
No olvide lo siguiente:
LAS PRACTICAS USURARIAS SIGUEN VIGENTES EN NUESTRA SOCIEDAD. La situación económica incrementa los préstamos leoninas, PERO LOS TRIBUNALES RESPONDEN DECLARANDOLOS NULOS

Las prácticas usurarias siguen vigentes en nuestra sociedad

La situación económica incrementa los préstamos leoninos y los tribunales responden declarándolos nulos.

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¿QUÉ HACER CUANDO CLARAMENTE (Y SI LO VE OSCURO  QUE LO ACLARE EL BANCO) EL BANCO ESTA EJERCIENDO “ ABUSO DE DERECHO BANCARIO”?

  1. Escriba al Defensor del Cliente del Banco.
  2. Comunícalo al Banco de España.
  3. Si no ha solucionado el problema presente en dos Juzgados de primera Instancia su problema.
RECUERDE:
Todos los comunicados que haga: Defensor del cliente, Banco de España. etc y otros saque fotocopia (archívesela)  y mande Carta Certificada coN Acuse de Recibo.

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¿CUÁLES  SON LOS ARCHIVO  DE MOROSOS?
Usted sin saberlo puede estar ahí metido.
ASNEF –EQUIFAX:
Es utilizado por cualquier entidad. El más utilizado. Se puede permanecer en éste fichero un período máximo de 6 años, inclusive habiendo pagado la deuda, pero Asnef no ha sido avisado, no lo sabe.
R.A.I. Más bien es para Empresas. Le consulta Bancos y Cajas y recoge impagos de Letras de Cambio, pagarés, recibos. El tiempo de permanencia máximo es de 30 meses, esto es de 2 años y 6 meses.
BEDEXCUG; Recoge deudas con tarjetas, prestamos personales, facturas telefónicas o de móviles.
INCIDENCIAS JUDICIALES:
Recoge fundamentalmente datos procedentes de los juzgados; embargos; ejecutivos hipotecarios.
Le voy a ceder las direcciones por si usted quiere solucionar si está en dichos ficheros. Tiene que firmar la Solicitud, acompañando de fotocopia D.N.I. y dirección dónde quiere recibirlo.
Si es empresa: además de los datos anteriores fotocopia de las hojas notariales (cuándo constituyó la empresa) para saber quien es usted en la empresa y fotocopia del C.I.F de la Empresa.
C/ Albasanz Nº16 3ª.
 Código postal: 28.037
Localidad: Madrid Provincia: Madrid

Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI).
Apartado de Correos nº1186
28100 Alcobendas. Madrid.    

Fichero  Badexcug     Bureau Experian de Crédito.
Apartado de Correos 1188
28108 Alcobendas. Madrid.

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¿QUÉ ES DACIÓN EN PAGO?
SI HAY PACTO
La Ley Hipotecaria,2 en su Artículo 140, deja abierta la posibilidad de pactar en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados. En este caso, la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor. En este caso, la Ley Hipotecaria vigente prevé la dación de pago, siempre y cuando se pacte con la entidad crediticia o acreedor antes de formalizar el préstamo hipotecario.
SI NO HAY PACTO
En caso de no haber un pacto entre deudor y acreedor, según lo dispuesto en el artículo 105 de la misma ley, la hipoteca podrá constituirse en garantía de toda clase de obligaciones y no alterará la responsabilidad personal ilimitada del deudor que establece el artículo 1.911 del Código Civil.
El Código civil español no habla de la dación en pago como modo extintivo de las obligaciones, aunque da por supuesta la institución en los artículos 1.521 y 1.636, al tratar de los retractos, y en algunas otras disposiciones.

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ADHESIÓN AL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS
Banco Santander, Bankinter, Sabadell y CatalunyaCaixa ya han hecho pública su decisión de adherirse al código de buenas prácticas bancarias aprobado la semana pasada por el Consejo de Ministros. Éste tiene por objetivo minimizar el impacto social y económico de los desahucios y permitirá la dación en pago (entrega de la vivienda para saldar la hipoteca) como última opción.
Los bancos pueden adherirse de forma voluntaria a este código de buenas prácticas, pero una vez suscrito, será de obligado cumplimiento, incluso se podrá recurrir a los tribunales para ello. La permanencia en el código será, como mínimo, de dos años.
Además, dentro de los incentivos fiscales previstos por el Gobierno para animar a la banca a incorporarse al código, figuran bonificaciones fiscales en la novación de la hipoteca para los casos de reestructuración de la deuda, y en las escrituras.
En el caso de la entidad que preside Emilio Botín, el banco mantiene, adicionalmente, la iniciativa que lanzó a finales de julio del año pasado. En virtud de la misma, otorga una moratoria del pago de capital durante tres años, sin modificar las condiciones financieras y permitiendo el alargamiento del plazo, a aquellas familias que hayan visto reducidos sus ingresos o en las que uno de los miembros esté en paro.
Según ha informado el banco, estos límites se están aplicando con "flexibilidad" y la entidad facilita estas ventajas a todos los clientes con hipoteca que cumplan estos requisitos. En concreto, señala que la moratoria hipotecaria ha beneficiado ya a 9.820 familias por un importe total de 1.634 millones de euros.
Por su parte, el Consejo de Administración de CatalunyaCaixa ha aprobado su adhesión al mencionado código, y ofrecerá a sus clientes hipotecarios en riesgo de exclusión un alquiler social de dos años. Al sumarse a esta iniciativa, la entidad busca emprender una "política de flexibilización hipotecaria" que favorezca "alternativas" a las familias afectadas por la crisis y con dificultades para el pago de sus cuotas hipotecarias.
Durante 2011 la caja ha flexibilizado las cuotas de sus préstamos a más de 12.000 familias y desde 2008 ha efectuado la transformación de la hipoteca en un contrato de alquiler a más de 1.850 clientes, mientras que otras 6.500 familias han optado por la dación en pago.
También Bankinter ha decidido adherirse este miércoles al nuevo código de buenas prácticas impulsado por el Ejecutivo. Con esta decisión, manifiesta su "convencimiento de que toda contribución que ayude a combatir la difícil situación por la que pasan muchas familias en las circunstancias actuales es útil, es válida y sus beneficios compensan con creces sus costes".
Según la consejera delegada de Bankinter, María Dolores Dancausa, "estamos convencidos de que sólo con el compromiso y la determinación de todos será posible superar esta dura situación económica que entra ya en su quinto año".
De acuerdo con el nuevo código implantado, al que ayer se sumó Ruralcaja, se aplicarán las tres fases previstas: reestructuración de la deuda, estudio potestativo de realización de una quita, y, finalmente, realización de la dación en pago como medio liberatorio de la deuda.
Mientras, desde el Banco Sabadell señalan que la entidad ya estaba aplicando medidas para atenuar el impacto de los desahucios, aunque se ha comprometido a aplicar también las iniciativas que propone el Gobierno.
Por su parte, Novagalicia Banco ya ha anunciado que someterá a la aprobación de su próximo consejo de administración la adhesión voluntaria al código de buenas prácticas.

Un total de 23 cooperativas también se adhieren

El Grupo Cajamar, que agrupa a seis cooperativas de crédito y al que está previsto unirse Caja Rural de Canarias, el grupo cooperativo Caja Rural del Mediterráneo, formado por otras 15, y Caixa Rural Les Coves de Vinromá también se adherirán al código de buenas prácticas sobre desahucios y que contempla la dación en pago para familias con todos sus miembros en paro como última opción.
Así lo ha anunciado en un comunicado la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc), que concreta que estas entidades representan el 35% del sector de cooperativas de crédito. "Esta medida es un paso más que da el modelo de banca cooperativa en España para evitar la exclusión social", afirma la patronal.
Unacc además recuerda que las cooperativas ya están aplicando de forma voluntaria algunas de las iniciativas recogidas en el decreto que aprobó el Gobierno el pasado 9 de marzo.
En este sentido, subraya que Cajamar ya ha promovido la reestructuración de la deuda, la quita en el capital pendiente de amortización y la dación en pago, medidas que son "habituales" en esta entidad. 

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EL ARBITRAJE NO ES OBLIGATORIO
Tenga presente lo siguiente y no consienta que le hagan hacer lo contrario:
El arbitraje debe ser siempre optativo y no obligatorio.
No debe imponerlo por ley ni aceptar cláusulas de arbitraje impuestas por la parte más fuerte. Estas cláusulas son nulas.

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PLATAFORMA DE AFECTADOS POR LA HIPOTECA 
¿Quienes somos?
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) nació en Barcelona en  febrero de 2009, un grupo de personas  completamente apartidista decidió  crear esta asociación  ante la constatación de que el marco legal actual está diseñado para garantizar que los bancos cobren las deudas, mientras que deja desprotegidas a las personas hipotecadas que por motivos como el paro o la subida de las cuotas no pueden hacer frente a las letras. La vivienda es un derecho básico y es intolerable que seamos muchísimas las personas que podemos ser desahuciados de la vivienda y aún así continuar arrastrando una deuda de por la vida.
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca-PAH somos una asociación totalmente gratuita (así como lo son todos los recursos que ésta proporciona) que agrupa a personas con dificultades para pagar la hipoteca o que se encuentran en proceso de ejecución hipotecaria y personas solidarias con esta problemática En la Comunidad Valenciana, miles de familias atraviesan serias dificultades para pagar la hipoteca  de sus viviendas. Muchas  de ellas  se encuentran en  fase de ejecución hipotecaria y corren el riesgo de ser desahuciadas en los próximos meses. Por esa razón decenas de personas afectadas por esta situación constituyeron a finales de mayo la La Plataforma de Afectados por la Hipoteca-PAH.
La  Plataforma es un lugar de encuentro, ayuda y acción de afectad@s y personas solidarias. Nos reunimos  en Valencia  para exponer nuestros casos, dar consejo y ayuda mútua y encontrar apoyos tanto prácticos como emocionales. En segundo lugar queremos dar batalla en una dimensión jurídica y política. Por un lado estamos estudiando junto con abogados la posibilidad de presentar demandas para denunciar determinadas prácticas extremadamente abusivas que se han dado en los últimos años como los seguros que no sirven para nada el hecho de que se prevean mínimos al tipo de interés pero no máximos o los avales cruzados. Por otro lado realizamos acciones para visibilizar la situación de los hipotecados y transmitir nuestra situación y nuestras reivindicaciones a la sociedad.
Tenemos que ser much@s para cambiar esta situación!!
- Si tuviste que hipotecarte de por vida para acceder a una vivienda
- Si a ti también te machacaron con la idea de que “alquilar era tirar el dinero” y que el “precio de los pisos nunca baja”
- Si te sientes engañad@ por la clase política al completo que durante años negó que en España existiera una burbuja inmobiliaria
- Si los precios carísimos del alquiler te empujaron a endeudarte hasta las cejas
- Si los bancos te cobraron comisiones de escándalo, te endosaron seguros por la cara y te estafaron con cláusulas abusivas
- Si te ves obligad@ a elegir entre pagar la hipoteca o llegar a final de mes
- Si has ido al banco para acogerte a la moratoria ICO del gobierno y has descubierto que el banco puede negártela. Vamos, que no sirve para nada
- Si tu banco te echa a la calle y encima te reclama parte de la deuda pendiente
- Si tu banco solo te ofrece como única salida aumentar la deuda y encima te maltrata!!
Si sufres una o varias de estas situaciones..¡ACTÚA!
¡ÚNETE A LA PLATAFORMA YA!
ESTAMOS CAMBIANDO ESTAS SITUACIONES
PAH VALENCIA- Juntxs podemos!!!
PAH VALENCIA- Juntxs podemos!!!

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LOS LLAMADOS CRÉDITOS RÁPIDOS PUEDEN SUPONER UN SUICIDIO ECONÓMICO
pero aún así siguen siendo un producto al que acuden los usuarios para afrontar gastos imprevistos o necesidades de financiación no muy elevados. Se trata de operaciones que se solicitan por importes desde 500 a 6.000 euros con periodos de amortización de entre cinco y siete años, cuyos intereses suelen oscilar entre un 20% y un 30% TAE (tipos que suelen enmascararse frecuentemente con publicidades agresivas que resaltan tipos nominales mensuales del 1,5% o 1,8% que inducen a error a los usuarios en cuanto al coste real de la operación).
 La elección de un crédito rápido en las diferentes entidades que lo comercializan (Cetelem, Cofidis, o Crediágil entre otras).
Por María Gracia Abogada AUSBANC

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ALGUNOS CONSEJOS PRÁCTICOS ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE HACER
FRENTE A LA DEVOLUCIÓN DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO
1.- Es fundamental verificar si el pago de la hipoteca está garantizado mediante una póliza de seguro que opere en caso de desempleo o incapacidad de la persona obligada  al pago.
2.- Ante la posibilidad que ofrecen las entidades financieras de renegociar la deuda es  conveniente estudiar atentamente las nuevas condiciones para evitar un mero  aplazamiento del pago a un interés mayor, que sólo  será aconsejable para evitar la  ejecución hipotecaria si la persona afectada tiene perspectivas de aumentar sus ingresos  y capacidad económica.
3.- En el supuesto de que la vivienda hipotecada esté afecta a una actividad profesional  o empresarial no podrá iniciarse su ejecución, si el afectado es declarado en concurso.
4.- Una vez subastada la finca la persona afectada puede solicitar una prórroga del plazo  concedido para el desalojo en atención a sus circunstancias personales.
5.- En Cataluña, el Departament de Medi Ambient y Habitatge de la Generalitat ofrece  ayudas a fondo perdido por un máximo de 2.800€ a personas con cuotas hipotecarias  impagadas que reúnan determinados requisitos. Más información en:
http://mediambient.gencat.cat/cat/ciutadans/habitatge/Ajuts_allotjament.jsp
6.- La moratoria hipotecaria anunciada por el Gobierno, que tiene como objetivo el  aplazamiento temporal y parcial en la obligación del pago del 50% del importe de las  cuotas hipotecarias del periodo comprendido desde el 1 de marzo de 2009 hasta el 28 de  febrero de 2011, con un máximo de 500€ mensuales, sólo es aplicable a las personas  afectadas que sean titulares de una hipoteca constituida para la adquisición de su  vivienda habitual, que haya sido suscrita antes del 1 de septiembre de 2008 por un  importe igual o inferior a 170.000€ y que no se encuentren en situación de mora. Si se  cumplen estos requisitos se puede solicitar a la entidad bancaria la aplicación de la moratoria, pero es importante saber que la moratoria no es obligatoria para la entidad.  Con las Leyes vigentes y la insuficiencia de las medidas que ofrecen las  administraciones, que no proporcionan una solución real, hacemos una llamada a todas  las personas afectadas para que se sumen a la PLATAFORMA DE AFECTADOS POR  LA HIPOTECA y así aunar fuerzas, exigir soluciones reales, y forzar un cambio de  modelo que evite en el futuro crisis como la presente.                  Por www.afectadosporhipoteca.com

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ORDENÉ AL BANCO MI BAJA COMO AUTÓNOMO Y QUE NO PAGASEN LOS RECIBOS.
El banco ha pagado recibos.
¿Qué debo hacer o decir al banco?
  1. El banco no debió hacerlo aunque la orden de pago venga por un organismo público.
  2. Considero que su banco debe reintegrarle el dinero pagado.

Por ello y lo diré otra vez: Cuando ustedes den una orden al banco, además de “pedirlo por favor” Tienen que quedarse para el archivo de ustedes la orden dada al banco y firmada por él como que ha sido así.

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QUÉ ES EL CLIENTE MISTERIOSO?
Ya más o menos en el año 2000 un gran número de sucursales de entidades financieras españolas reciben la visita de clientes misteriosos. Observan, preguntan y anotan todo lo que ven y el trato que reciben para, posteriormente, elaborar un informe con el que se elaboran estudios sobre calidad de atención al cliente. Y es que, según las fuentes consultadas, el mistery shopping está  llamando a ser una importante técnica de motivación y calidad en el sector.
ASÍ SE HACE
Los expertos aseguran que, en la práctica, ésta es una técnica que encierra una gran complejidad. De hecho, si no se realiza con las debidas garantías, puede tener efectos totalmente contrarios a los buscados. Por lo tanto, ¿Cuáles son los pasos se siguen para desarrollar una acción de mistery shopping?
La primera fase se centra en determinar cuáles van a ser los puntos críticos que la entidad financiera busca evaluar. Rapidez en la atención, amabilidad en el trato, ubicación y visibilidad de la publicidad en el punto de venta, limpieza y luminosidad de la sucursal  son algunos de los elementos que se suelen examinar con más frecuencia en bancos y cajas de ahorro.
¿Quién puede ser el cliente misterioso?
PUEDEN SER PERSONAS JÓVENES O DE LA TERCERA EDAD, AMAS DE CASA O CLIENTES QUE SE HACE PASAR POR EMPRESARIOS.

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¿TENGO LOS DEPÓSITOS SEGUROS EN BANKIA?
Cuando un banco esté en insolvencia o quiebra (esta situación no se da en Bankia) el banco usaría   el Fondo de Garantías de Deposito (F.G.D) garantías a sus respectivos clientes hasta un máximo de 100.000e por titular y entidad.
Los Planes de Pensiones, Fondos de Inversión, Seguros no entran en esta garantía ya que el banco es solo un mero intermediario por lo que a esta inversión al banco no le afectarían.

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OJO: CLAUSULA  SUELO
 Estas cláusulas impiden que los clientes se puedan beneficiar de las bajadas que ha registrado el euríbor en los últimos años, y que se habrían traducido en una reducción de las cuotas mensuales que debían satisfacer los hipotecados, de no ser por el establecimiento de las cláusulas que establecían un tipo mínimo, superior al del euríbor.

Según la sentencia las cláusulas suponen un desequilibrio entre ambas partes

Cláusulas impuestas

Según se indica en la sentencia, son cláusulas “predispuestas e impuestas por la entidad y destinadas a una pluralidad de contratos”. Ello suprime o limita la libertad de contratación del prestatario, cuya autonomía queda limitada a ejercer la libertad de firmar o no ese contrato cuyo contenido está preestablecido por la entidad financiera.
Según indica el magistrado, “no deben confundirse las dos libertades: el que un consumidor pueda consentir libremente la celebración de un contrato no evita que las condiciones generales establecidas, aun cuando fuera debidamente informado, sean impuestas, cuando el consumidor no tuvo influencia para la redacción de dichas cláusulas, o si tuvo esta posibilidad, no se le permitió ejercitarla.

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¿HA PACTADO CON EL BANCO LAS COMISIONES QUE TIENE QUE COBRAR?


¿Me dice usted que no? Pues contraataque.
Porque no pueden incluirse en la liquidación de una cuenta corriente unas comisiones que  no han sido pactadas.

 ¿Su banco le sube las comisiones? ¡Contraataque!


Todos los sectores están notando en sus propias carnes los efectos devastadores de la crisis. Y como no podía ser de otra manera, también los bancos, cajas de ahorros y entidades financieras están capeando como pueden el ‘temporal’ que no de frío, sino de escasez de recursos. Y se espera que en 2010 el temporal no amaine, sino que arrecie con más fuerza aún.
Por eso los bancos y cajas han encontrado en el aumento de comisiones una solución para trasladar a sus clientes los efectos de la crisis. De esta forma, las comisiones que las entidades aplican al mantenimiento de las tarjetas –ya sean de crédito o de débito–, de las cuentas corrientes, de los créditos, de las transferencias y de los cheques volvieron a incrementarse en el transcurso del pasado año 2009.  Así, según los datos publicados por el Banco de España, la cuota de mantenimiento de una cuenta corriente (semestral) ha aumentado un 4,4% en un año, pasando de 20,18 euros en diciembre de 2008 a 21,07 euros en el mismo mes de 2009. Un porcentaje que se queda pequeño si lo comparamos con el incremento que ha experimentado la reclamación de descubiertos (comisión mínima): ha aumentado un 233%, ya que ha pasado de nueve a 30 euros en tan sólo un año. Una barbaridad.
De la misma manera, otro incremento muy elevado se encuentra en la subida del 150% de la comisión por apertura de créditos hipotecarios, que ha pasado de 120 a 300 euros. Por su parte, la cuota anual de las tarjetas de crédito y débito también han aumentado sus comisiones: la de débito se ha incrementado en un 9,89% y la de crédito un 6,6%.
Las únicas operaciones que no se han incrementado son los estudios previos a la concesión de créditos hipotecarios.
Mientras tanto, la cancelación anticipada aumenta unas décimas –pasa del 3,76% al 3,81%– y la subrogación de cambio deudor sube un 3,66%.
En este sentido, la época de casarse de por vida con un banco se acabó. Ahora se debe buscar aquellas entidades con las políticas más atractivas y los productos que mejor se ajusten a nuestras necesidades y, si es necesario, se debe cambiar de entidad. Hay entidades que todavía mantienen sus comisiones e intereses más ajustados y hacen buenas ofertas a nuevos clientes. De este modo, no dude en comparar o negociar con otras entidades. Su economía está en juego.
 De Mercado de Dinero. Enero 2010 AUSBANC.

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¿ESTA USTED EN ASNEF?
Esto es bueno, inclusive muy bueno.
O
Malo, inclusive muy malo, iremos hablando de ello sobre la marcha.

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EL ARBITRAJE NO ES OBLIGATORIO
Tenga presente lo siguiente y no consienta que le hagan lo contrario:
El arbitraje  debe ser siempre debe ser siempre optativo y no obligatorio. No debe imponerlo por ley ni aceptar cláusulas de arbitraje impuestas por la parte más fuerte. Estas cláusulas son nulas. 

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  • Antes de realizar cualquier tipo de transferencia, consulte con su entidad financiera el coste que va a tener la misma.
  • Si no está dispuesto a asumir el coste de la transferencia, sepa que hay entidades financieras que no cobran por realizar este tipo de servicios.
  • Si realiza un volumen numeroso de transferencias y su entidad financiera le está cobrando comisiones por realizarlas, sepa que tiene la posibilidad de negociar con la entidad la reducción o eliminación de costes de las mismas.

  • Antes de realizar una transferencia, compruebe detenidamente los datos relativos a la cuenta del beneficiario de la misma. Aunque se haya identificado correctamente el nombre de la persona beneficiaria, la entidad financiera no será responsable si existe un error en el número de cuenta facilitado por el ordenante y la transferencia no llega a su destino.
  • No dé por válidas todas las modificaciones de sus condiciones bancarias que le sean impuestas de forma unilateral por la entidad financiera. Sepa que no todas estas modificaciones vienen amparadas por la nueva Ley de Servicios de Pago.
  • Revise aquellas condiciones cuya modificación le haya sido comunicada por su entidad y reclame a la misma si considera que el cambio le perjudica.

De Mercado de Dinero. Consejos AUSBANC
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